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por Guillermo Sierra, director de LLavemaestra
21.02.2013 | Redacción / Tecnifuego Aespi
Alemania ante el Tribunal Europeo por barreras a productos de construcción.
La Comisión Europea lleva tiempo recibiendo numerosas quejas de fabricantes e importadores de materiales de construcción, debido a las grandes dificultades para vender productos en el mercado alemán. Las trabas surgen debido a que la legislación alemana exige a los productos de construcción marcados adicionales o autorizaciones nacionales, aunque estos tengan ya el marcado CE, y sean comercializados legalmente en otros Estados miembros.
La denuncia de la Comisión Europea ante el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) , interpuesta el pasado mes de enero, se debe a que estas trabas son contrarias a la Directiva de productos de construcción (89/106/CEE), que señala que los Estados miembros tienen la autoridad para imponer requisitos de rendimiento, siempre que no impidan la libre circulación de productos que ostenten el marcado CE. Esta disposición es corroborada por el Reglamento de productos de construcción (305/2011/EU) en forma aún más clara.
Antecedentes
Para lograr el libre mercado interior de los productos de construcción, se introdujo un "lenguaje técnico común" a través de las normas europeas armonizadas, con el cual se ha definido y determinado las prestaciones para todos los productos de la construcción. Si algún Estado miembro, como en este caso el alemán, marca otras exigencias, con ensayos adicionales, etc., a pesar de que los productos lleven el marcado CE, están creando barreras comerciales en el mercado común.
Antes de haber tomado la decisión de demandar a Alemania,la Comisión entabló un intercambio detallado de información. Durante este intercambio, las autoridades alemanas confirmaron que utilizan y se basan en el sistema nacional de "listado de productos de construcción", lo que en última instancia hace necesario el marcado “U”. Según este sistema nacional también deben los productos que ya llevan el marcado CE ser ensayados adicionalmente y recibir una autorización nacional, antes de que puedan ser comercializados en Alemania.
La demanda de la Comisión contra Alemania tiene como objetivo los productos de construcción que están cubiertos por normas específicas armonizadas europeas (especialmente puertas, portones y productos de aislamiento). Dado que la Comisión ha recibido un gran número de quejas similares - es decir, quejas en relación con las prácticas realizadas por parte de Alemania en el tratamiento de los productos que son objeto de algunas normas armonizadas -, se cree que la sentencia dela Corte europea afectará a todo el sistema alemán de "listado de productos de construcción."
La industria de los productos de construcción representa el 15% del total del valor añadido industrial enla UE e incluye más de 40 familias de productos, tales como puertas, aislamiento térmico, productos para techos, cemento o ladrillos. Sin embargo, su participación en el comercio dentro de la UE es de sólo 5%, lo que demuestra que este sector todavía no es tan abierto como otras áreas de la industria manufacturera.
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